DIPUTADO ADOLFO ALFARO PLANTEA FORTALECER EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL ANTICORRUPCIÓN
GUANAJUATO.- Que quienes conforman el Comité de Participación Ciudadana (CPC) del Sistema Estatal Anticorrupción (SEA) atiendan debidamente su función, toda vez que “su percepción por honorarios lo amerita y esa instancia merece atención de tiempo completo”, propuso el diputado Gustavo Adolfo Alfaro Reyes.
Con ese propósito, presentó una iniciativa de reforma a la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción que busca que quienes conforman el Comité de Participación Ciudadana no puedan, durante su gestión, desempeñar ningún cargo público ni en la iniciativa privada.
Para ello, su iniciativa contempla establecer en dicha norma que los integrantes del CPC “no podrán ocupar, durante el tiempo de su gestión, un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en los gobiernos federal, local o municipal, ni cualquier otro empleo de carácter privado o realizar actividades profesionales, por sí o por interpósita persona, salvo las docentes”.
Además, que quienes hayan formado parte del CPC del SEA, no puedan integrarse “a ningún cargo público sino hasta pasado un año de haber renunciado o concluido el encargo” y “no volver a participar en el sistema estatal anticorrupción”.
En su exposición de motivos, Alfaro Reyes destacó que las tareas que deben atender los miembros del CPC del SEA “son todas laboriosas y de gran trascendencia para el funcionamiento del Comité”, y subrayó que “por es adecuado se atienda la encomienda en forma integral o de tiempo completo, dada que la remuneración que se les proporciona lo respalda”.
En ese sentido, explicó que si bien es cierto que los integrantes del CPC no se les otorga la calidad de servidores públicos y son contratados por honorarios, también cierto que conforme al tabulador del estado la contraprestación que reciben es decorosa”, lo que justifica que, a efecto de que atiendan debidamente y de tiempo completo su función, la ley les prohíba que se dediquen a actividades profesionales, comerciales o cualquier otra, excepto la docente.
En ese sentido, explicó que, si hay servidores públicos con menores percepciones a los que se prohíbe ejercer funciones privadas por posible conflicto de intereses, “con mayor razón a los integrantes del Comité de Participación Ciudadana, que son quienes revisan los actos de corrupción y de conflicto de interés de los servidores públicos y de particulares vinculados a éstos”.
En su exposición, el legislador priista sostuvo que la ambigüedad de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción ha sido aprovechada para que algunos miembros del CPC mantengan sus despachos privados abiertos y atendidos por ellos, lo cual “atenta contra la propia naturaleza de la función que desempeñan y generando posibles conflictos de interés”.
Ante el Pleno, en la que fue la primera sesión del segundo periodo ordinario de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional de la LXV Legislatura, recordó que, de acuerdo con el índice de Percepción de la Corrupción 2018 de Transparencia Internacional, en una escala de 0 a 100, donde 0 es “Altamente corrupto” y 100 es “Limpio de corrupción”, México ocupó la posición 138 de un rango de 180 en comparación con otros países, lo cual lo ubica como uno de los más corruptos del mundo.