PROPONE DIPUTADO GUSTAVO ADOLFO ALFARO EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL EN DELITOS DE CARÁCTER PATRIMONIAL POR QUERELLA
- Presenta iniciativa para que ese beneficio se otorgue también a los que se cometan dolosamente si se cubren requisitos
- Evitaría sobrecargas de trabajo en juzgados, un beneficio adicional.
GUANAJUATO.- El diputado Gustavo Adolfo Alfaro presentó una iniciativa de reforma al Código Penal para que también se otorgue el beneficio de la extinción de la acción penal a quienes cometan delitos patrimoniales con dolo y que se persigan por querella, y no sólo a los de carácter culposo.
En la iniciativa de reforma al artículo 99-w se precisa que, en el caso de los que se cometan con dolo y se persigan de oficio, se podrá acceder a la extinción de la acción penal siempre y cuando se cometan sin violencia de por medio y se repare el daño en forma íntegra, en una sola exhibición a las víctimas u ofendidos.
Además, de aprobarse, la reforma evitaría que se alarguen juicios de delitos patrimoniales por querella, porque “más allá de los años cárcel que se impongan a los culpables del delito”, lo que más interesa a la víctima “es que se le repare el daño y los perjuicios causados por la comisión del delito”, explicó.
En su exposición de motivos, el legislador del GPPRI precisó que en la actualidad el artículo 99-w del Código Penal que regula la extinción de la acción penal en delitos de carácter patrimonial, se limita a los cometidos culposamente y que sean de querella, y la iniciativa busca que ese beneficio se amplié a los que se cometen dolosamente.
De aprobarse la reforma al artículo 99-w del Código Penal, la extinción de la acción penal procedería “cuando se cubra de manera íntegra el daño, en una sola exhibición, tratándose de delitos patrimoniales cometidos culposa o dolosamente sin el uso de violencia, y que se persigan por querella, hasta antes de que exista sentencia ejecutoria, se extinguirá la acción penal siempre que el inculpado acredite un modo honesto de vivir”.
Alfaro Reyes, quien precisó que “este supuesto procederá por única vez, en un lapso de tres años”, dijo que la iniciativa de reforma que propone busca tutelar los derechos de la víctima y del inculpado, pues el primero tiene derecho a la reparación del daño la víctima y a una justicia pronta y expedita el segundo.
Además, dijo, se evitaría una sobrecarga de trabajo para las autoridades judiciales que consume tiempos que bien podrían destinarse a los asuntos de mayor trascendencia, porque evitaría la judicialización de asuntos o que se alarguen innecesariamente los procedimientos penales.